El siguiente paso para la regionalización: la ratificación
Las enmiendas constitucionales que son partes clave del Plan de Regionalización tienen un paso más antes de que puedan ponerse en práctica. Tras haber recibido la aprobación de 2/3 de la Conferencia General, pasan ahora a las conferencias anuales.
Cada conferencia anual debe votar para ratificar la legislación.
Esos votos se cuentan en cada conferencia anual y se informan al Consejo de Obispos. Hasta que todas las conferencias anuales no se hayan reunido, votado y comunicado sus resultados, el Consejo de Obispos no hará el recuento, certificará los resultados y anunciará si cada propuesta de enmienda ha sido aprobada o rechazada.
Un ejemplo de cómo se sumarán los votos de cada conferencia anual
para obtener una aprobación de 2/3.
¿Qué dice el Libro de Disciplina?
¶ 59. Artículo I.-Las enmiendas a la Constitución se harán con una mayoría de dos tercios de la Conferencia General presente y votante y un voto afirmativo de dos tercios del número total de miembros de las diversas conferencias anuales presentes y votantes, excepto en el caso de la primera y segunda Reglas Restrictivas, que requerirán una mayoría de tres cuartos de todos los miembros de las conferencias anuales presentes y votantes. Una vez concluida la votación, el Consejo de Obispos procederá al escrutinio y la enmienda votada entrará en vigor en el momento en que anuncie que ha obtenido la mayoría requerida.
En el caso de que la Conferencia General adopte una enmienda a la Constitución, la Conferencia General podrá adoptar inmediatamente la legislación habilitante para dicha enmienda, la cual estará supeditada a la ratificación de la enmienda por el voto afirmativo requerido de dos tercios del número total de miembros de las diversas conferencias anuales presentes y votantes, y entrará en vigor una vez que el Consejo de Obispos, actuando como escrutador de votos, anuncie que la enmienda ha sido aprobada. De la misma manera, una conferencia anual puede aprobar legislación en anticipación de tal cambio en la Disciplina y/o Constitución que igualmente entraría en vigor en la fecha efectiva de dicho cambio disciplinario o Enmienda Constitucional.
¿Qué dice el Consejo de Obispos?
Los obispos de la Iglesia Metodista Unida promoverán la ratificación de la legislación sobre regionalización
La regionalización permitirá a los contextos misioneros de todo el mundo la libertad de adaptar el culto, la música, la membresía, las prácticas administrativas y las estrategias de evangelización. Sin embargo, no alterará las normas doctrinales, las creencias fundamentales, los Principios Sociales ni el Ministerio de Todos los Cristianos.
Lea íntegramente el comunicado de prensa del Consejo de Obispos publicado el 7 de mayo de 2024
Preguntas y respuestas sobre la ratificación
(haga clic en la pregunta)
-
Petición # 1 la propuesta establece:
El proceso de ratificación por parte de las conferencias anuales de las enmiendas constitucionales de esta petición deberá comenzar a más tardar 30 días después de la clausura de la Conferencia General de 2020 aplazada.
-
Cada conferencia anual de toda la conexión votará sobre los puntos. Estas votaciones se comunicarán al Consejo de Obispos y éste comunicará los resultados finales a la Iglesia.
-
Puede leer las peticiones tal y como fueron presentadas por el Comité Permanente sobre asuntos de la Conferencia Central en este sitio web:
https://www.resourceumc.org/en/content/regionalization-legislation-petitions-submitted-to-general-conference.